Deducción por Inversiones en Canarias – Grupos Consolidación Fiscal
EDD 2014/59023 DGT, Consulta no V0781/2014 de 21 marzo 2014.
Resumen
Impuesto sobre sociedades. Deducción por inversiones en activos fijos nuevos en Canarias. La DGT informa que para determinar la aplicabilidad de la deducción por inversión en Canarias por la adquisición de los activos de referencia, habrá que estar a la normativa vigente para la misma en el ejercicio 1996, esto es, la disposición adicional duodécima Ley 43/1995 y las especialidades introducidas por el propio artículo 94 Ley 20/1991 y sus normas de desarrollo. En relación con las deducciones por inversiones en activos fijos nuevos pendientes de aplicar, generadas en ejercicios anteriores, aquella deducción estará sometida al límite específico del 50%, y a un límite conjunto, para todos los tipos de inversiones a que se refería el artículo 26 Ley 61/1978, del 70%. Por último, en relación con la aplicación de los límites de la deducción por inversiones en activos fijos en Canarias, cuando la misma se haya generado por una sociedad que tributa en régimen de consolidación fiscal, como la deducción se realiza a nivel de la cuota del grupo, todas las condiciones de este incentivo deben igualmente referirse al grupo, incluidos los límites para aplicar la deducción objeto de la presente consulta.
ANTECEDENTES DE HECHO
La entidad consultante es una sociedad cabecera de un grupo fiscal. Tanto ella como otra sociedad del grupo han generado en ejercicios pasados y también en 2013 el derecho a aplicar la deducción por inversión en activos fijos nuevos con ocasión de las inversiones efectuadas en Canarias, teniendo deducciones pendientes de aplicar. Ambas entidades están domiciliadas fiscalmente fuera de Canarias, pero tienen establecimientos permanentes situados en el territorio canario.
CUESTIÓN PLANTEADA
1. Si el límite en la aplicación de la deducción por inversiones en activos fijos nuevos en Canarias se determina sobre la cuota íntegrade la sociedad o sobre la cuota teórica obtenida en Canarias.
2. Si el límite previsto para la aplicación de deducciones por inversiones en activos fijos en Canarias generadas en ejercicios anteriores se ha visto modificado por la modificación del límite establecido en el artículo 44 del TRLIS EDL 2004/3271 mediante el Real Decreto- ley 12/2012 EDL 2012/43719 y la Ley 16/2013 EDL 2013/196714 . 3. Si en el caso de que la deducción se hubiera generado por una sociedad que tributa en régimen de consolidación fiscal, los límites previstos para aplicar la deducción por inversión en activos fijos nuevos en Canarias deben entenderse referidos a la cuota del grupo fiscal.
RESPUESTA
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Por último, en relación con la aplicación de los límites de la deducción por inversiones en activos fijos en Canarias cuando la misma se haya generado por una sociedad que tributa en régimen de consolidación fiscal, el capítulo VII del título VII del TRLIS
EDL 2004/3271 regula el régimen de consolidación fiscal y establece en el artículo 65 que el grupo fiscal tendrá la consideración de sujeto pasivo. El artículo 78 dispone:
«1. La cuota íntegra del grupo fiscal se minorará en el importe de las deducciones y bonificaciones previstas en los capítulos II, III y IV del título VI de esta ley.
Los requisitos establecidos para la aplicación de las mencionadas deducciones y bonificaciones se referirán al grupo fiscal, así como para aplicar el régimen de exención establecido en el artículo 21 de esta ley.
2. Las deducciones de cualquier sociedad pendientes de aplicación en el momento de su inclusión en el grupo fiscal podrán deducirse en la cuota íntegra del grupo fiscal con el límite que hubiere correspondido a dicha sociedad en el régimen individual de tributación.»
En el precepto anterior se hace referencia a las deducciones para evitar la doble imposición, las bonificaciones, y las deducciones para incentivar la realización de determinadas actividades reguladas en los capítulos II, III y IV del título VI del TRLIS. EDL 2004/3271
En los mismos no se encuentra recogida la deducción por inversiones en activos fijos nuevos en Canarias.
No obstante, dado que esta deducción se realiza a nivel de la cuota del grupo como consecuencia de la atribución al mismo de la condición de sujeto pasivo de acuerdo con el artículo 65 del TRLIS EDL 2004/3271 , todas las condiciones de este incentivo deben igualmente referirse al grupo, incluidos los límites para aplicar la deducción objeto de la presente consulta.
Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17de diciembre EDL 2003/149899, General Tributaria.

