Subvenciones PYMES CANARIAS 2018

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Resolución de 25 de julio de 2018, por la que se resuelve de manera definitiva la convocatoria para el año 2018 de concesión de subvenciones a proyectos de inversión de pequeñas y medianas empresas en Canarias.

PLAZO:

El plazo para realizar y justificar la actividad terminará el 16 de octubre del año en el que se realice la convocatoria, excepto para auditoría limitada, su factura original así como el pago efectivo de la misma que tendrá un plazo adicional de siete días naturales.

INFORME DE REVISIÓN DE CUENTA JUSTIFICATIVA DE SUBVENCIONES:

La auditoría limitada original relativa al empleo de los fondos recibidos en las actividades subvencionadas deberá realizarse por personas, físicas o jurídicas, inscritas en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC) del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.

El Auditor de Cuentas está sometido a la potestad sancionadora del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas conforme al régimen sancionador establecido en la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas, sin perjuicio de la responsabilidad civil ante el beneficiario de la subvención en el ámbito de su relación contractual privada, ni de la responsabilidad penal del Auditor en caso de falsedades documentales o delitos contra la Hacienda Pública por fraude en subvenciones de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

El Auditor de Cuentas no podrá tener ninguna clase de vinculación mercantil (tal como socio, administrador o apoderado) o laboral con empresas proveedoras al beneficiario de bienes o servicios incluidos como gasto subvencionable.

Las personas que tengan una relación laboral por cuenta ajena con el beneficiario no podrán actuar como Auditores de Cuentas del proyecto objeto de subvención, ya sea como empresarios individuales o como socio o partícipe, administrador o apoderado de una persona jurídica.

En la realización del informe de auditoría, el auditor se ajustará en su actuación profesional a lo establecido en la Orden EHA/1434/2007, de 17 de mayo, por la que se aprueba la norma de actuación de los auditores de cuentas en la realización de los trabajos de revisión de cuentas justificativas de subvenciones, en el ámbito del sector público estatal, previstos en el artículo 74 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (BOE nº 125, de 25.5.07).

RESOLUCIÓN DEFINITIVA:

Resolución concesión definitiva BOC nº 149, de 2.8.2018

STRANA AUDITORES tiene experiencia en la realización de los informes de cuenta justificativa de subvenciones a PYMES CANARIAS, no dude en consultarnos en info@strana-auditores.com